PRENSA
Beneficios para fabricantes de bienes de capital
El Decreto 196/2019, publicado en el Boletín Oficial, además de renovar la aplicación del Decreto 379/2001 (bono fiscal para los fabricantes de bienes de capital) introduce un adicional destinado a impulsar a esas empresas a invertir en desarrollo e innovación.
El punto d) del artículo 3 del decreto, establece que el beneficio del bono “podrá ser incrementado hasta un quince por ciento de su cuantía, en la medida que los beneficiarios acrediten, con cada solicitud, la realización de inversiones destinadas a la mejora de la productividad, la calidad y la innovación en procesos y productos…”. “A tales efectos podrán computarse hasta un equivalente al setenta por ciento (70%) del valor de las inversiones realizadas en innovación, investigación y desarrollo tecnológico, a partir del día 1º de enero de 2019…”
Las inversiones realizadas deben estar debidamente acreditadas y deberán encontrase asociadas a proyectos y servicios tecnológicos desarrollados por Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) o por una entidad que esté inscripta en el ROECYT.
CAMIMA, estuvo presente en la presentación que se realizó en la Secretaría de Industria y, dado que es Unidad de Vinculación Tecnológica (UVT), tiene la capacidad de ofrecer el servicio para las empresas.