PRENSA
CAMIMA respalda la No Obligatoriedad de la Contribución del 1%
La Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA) destacó hoy la resolución 649 de la Secretaría de Trabajo de la Nación que, ante un pedido de la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC), determinó que “los empresarios de la actividad referida aún no afiliados a ADIMRA, no se encuentran obligados a pagar una contribución a dicha entidad, firmante del convenio colectivo”.
Recordamos con relación a esta contribución que CAMIMA cuenta desde hace varios años con una Resolución del Ministerio eximiendo del pago de esa contribución a sus empresas metalúrgicas asociadas, que pertenecen a las distintas ramas de la actividad.
CAMIMA ha sostenido siempre que esa contribución no es obligatoria para las empresas metalúrgicas en general.
“Las empresas metalúrgicas, del rubro que sean y dentro del marco legal vigente, están exentas de ese aporte compulsivo, salvo aquellas voluntariamente asociadas a ADMIRA” señaló José Luis Ammaturo, presidente de CAMIMA.